Sistema fiscal territorial de Paraguay: guía completa con ejemplos 2025–2026
La idea central en una frase: Paraguay sólo grava las rentas generadas dentro de su territorio. Todo lo que ganes fuera del país —sueldo de empresa extranjera, dividendos de acciones internacionales, alquiler de un piso en Madrid, pensión del exterior— tributa al 0 % en Paraguay. Lo que generes dent
Sistema fiscal territorial de Paraguay: guía completa con ejemplos 2025–2026
La idea central en una frase: Paraguay sólo grava las rentas generadas dentro de su territorio. Todo lo que ganes fuera del país —sueldo de empresa extranjera, dividendos de acciones internacionales, alquiler de un piso en Madrid, pensión del exterior— tributa al 0 % en Paraguay. Lo que generes dentro del país tributa a tipos que van del 8 al 10 %, muy por debajo de la media europea. Esta es la base del sistema tributario paraguayo, establecido por la Ley N.º 6380/2019.
Qué es el principio de territorialidad
La mayoría de los países desarrollados aplican el principio de renta mundial: gravan a sus residentes fiscales sobre todos sus ingresos, independientemente de dónde procedan. España, Alemania, Francia, Estados Unidos —todos funcionan así.
Paraguay aplica el principio de territorialidad: sólo grava las rentas de fuente paraguaya, con independencia de si el contribuyente es nacional o extranjero, residente o no residente. La pregunta relevante no es «¿dónde vives tú?» sino «¿dónde se generó la renta?».
Esto tiene una consecuencia práctica enorme para expatriados, nómadas digitales e inversores internacionales: si te mudas a Paraguay y tu fuente de ingresos está en otro país, esos ingresos no tributan en Paraguay. Cero.
Fundamento legal: Artículo 48 de la Ley N.º 6380/2019, en vigor desde el 1 de enero de 2020, que establece que el IRP grava exclusivamente las rentas «provenientes de actividades desarrolladas en la República, de bienes situados o de derechos utilizados económicamente en la misma».
El mapa de impuestos paraguayos que afectan a extranjeros residentes
Paraguay tiene un sistema tributario relativamente simple, especialmente comparado con el español. Los impuestos principales que debe conocer un residente fiscal extranjero son:
| Impuesto | Sigla | Objeto | Tipo |
|---|---|---|---|
| Impuesto a la Renta Personal | IRP | Rentas personales de fuente paraguaya | 8 %, 9 % o 10 % (progresivo) |
| Impuesto a la Renta Empresarial | IRE | Rentas empresariales de fuente paraguaya | 10 % (régimen general) |
| Impuesto a los Dividendos y Utilidades | IDU | Distribución de dividendos de empresas paraguayas | 8 % residentes / 15 % no residentes |
| Impuesto a la Renta de No Residentes | INR | Rentas de fuente paraguaya percibidas por no residentes | 15 % (sobre base presunta) |
| Impuesto al Valor Agregado | IVA | Bienes y servicios | 10 % general / 5 % reducido |
Además existe el ISC (Impuesto Selectivo al Consumo) sobre tabaco, bebidas alcohólicas, combustibles y ciertos productos, pero es un impuesto de consumo que el residente paga indirectamente al comprar esos productos, sin obligaciones declarativas propias.
IRP — Impuesto a la Renta Personal
Quién está obligado
El IRP grava a las personas físicas residentes en Paraguay que obtengan rentas de fuente paraguaya. Se divide en dos categorías independientes:
IRP por servicios personales (IRP-RSP): salarios, honorarios profesionales, comisiones, viáticos y cualquier retribución por prestación de servicios, tanto en relación de dependencia como de forma independiente.
IRP por rentas y ganancias del capital (IRP-RGC): rendimientos de inmuebles en Paraguay (alquileres), intereses de depósitos en bancos paraguayos, ganancias por venta de inmuebles, acciones u otros activos ubicados en Paraguay.
El mínimo no alcanzado: el umbral de los 80 millones
El IRP-RSP sólo se activa cuando los ingresos brutos anuales por servicios personales superan los Gs. 80.000.000 (aproximadamente 10.500–11.000 USD al tipo de cambio de 2026). Por debajo de ese umbral, no hay obligación de declarar ni tributar por esta categoría.
Una vez superado el umbral, hay que inscribirse como contribuyente del IRP en la DNIT en un plazo de 30 días hábiles. A partir de ese momento, se tributa sobre la renta neta (ingresos menos gastos deducibles), no sobre el ingreso bruto.
La escala progresiva del IRP-RSP
| Renta neta anual | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta Gs. 50.000.000 | 8 % |
| De Gs. 50.000.001 a Gs. 150.000.000 | 9 % |
| Más de Gs. 150.000.000 | 10 % |
La escala es por tramos, no sobre el total: si la renta neta es de Gs. 160.000.000, se calcula el 8 % sobre los primeros Gs. 50.000.000, el 9 % sobre los siguientes Gs. 100.000.000, y el 10 % sobre los Gs. 10.000.000 restantes.
Qué se puede deducir
Los gastos deducibles incluyen, entre otros:
- Gastos vinculados a la actividad gravada (materiales, servicios, herramientas).
- Gastos personales y familiares realizados en Paraguay: alimentación, vestimenta, alquiler de vivienda, mantenimiento.
- Adquisición de un vehículo cada 3 años.
- Adquisición o construcción/reforma de vivienda propia cada 5 años.
- Aporte patronal a la seguridad social (IPS).
- Cuotas y donaciones a entidades religiosas, culturales o al Estado hasta el 5 % de la renta bruta.
Los familiares a cargo también generan deducción: cónyuge (si no es contribuyente IRE/IRP/IDU), hijos menores, hijos mayores estudiando en educación superior, padres, suegros y abuelos con ingresos propios inferiores a Gs. 30.000.000 anuales.
IRP por ganancias del capital: el tipo plano del 8 %
Las rentas y ganancias del capital de fuente paraguaya tributan siempre al 8 %, sin escala progresiva. Esto incluye:
- Intereses de depósitos en bancos paraguayos.
- Alquiler de inmuebles situados en Paraguay.
- Ganancia por venta de inmuebles o activos en Paraguay.
- Regalías por derechos utilizados en Paraguay.
Para la venta de inmuebles o activos, la base imponible es el menor de: (a) la diferencia entre precio de venta y precio de coste, o (b) el 30 % del valor de la venta. El contribuyente elige el método más favorable.
IRE — Impuesto a la Renta Empresarial
El IRE reemplazó desde 2020 al antiguo IRACIS y al IRAGRO. Grava las rentas de fuente paraguaya de empresas unipersonales, sociedades y otras entidades con actividad económica en Paraguay.
El tipo general es del 10 % sobre la renta neta (ingresos menos gastos deducibles) al cierre del ejercicio fiscal (31 de diciembre). La declaración jurada se presenta en abril del año siguiente.
Los tres regímenes del IRE
| Régimen | Para quién | Facturación anual | Tributación |
|---|---|---|---|
| RESIMPLE | Microemprendedores | Hasta Gs. 80.000.000 | Cuota mensual fija de Gs. 20.000 a Gs. 80.000 según facturación |
| SIMPLE | Medianas empresas | Hasta Gs. 2.000.000.000 | 10 % sobre el 30 % de la facturación bruta (≈ tipo efectivo 3 %) |
| General | Grandes empresas | Más de Gs. 2.000.000.000 | 10 % sobre renta neta real |
El RESIMPLE es especialmente llamativo: para una empresa unipersonal que factura menos de Gs. 80.000.000 (~10.500 USD) al año, el coste fiscal total es una cuota mensual de entre Gs. 20.000 y Gs. 80.000 (equivalente a 2,60–10,50 USD al mes). Sin IVA, sin declaración mensual compleja.
Importante: Los contribuyentes del RESIMPLE no son contribuyentes del IVA y emiten boletas de venta en lugar de facturas. Esta simplificación tiene un coste: las empresas que les compran no pueden deducir IVA de esas adquisiciones.
IDU — Impuesto a los Dividendos y Utilidades
El IDU grava la distribución de dividendos, utilidades o rendimientos que pagan las empresas paraguayas a sus socios o accionistas. Es independiente del IRE: primero la empresa paga el 10 % de IRE sobre el beneficio, y luego, al distribuir ese beneficio, se aplica el IDU.
| Perceptor | Tipo IDU |
|---|---|
| Residente fiscal en Paraguay | 8 % |
| No residente en Paraguay | 15 % |
Carga efectiva combinada IRE + IDU para residente: 10 % IRE sobre beneficio bruto + 8 % IDU sobre el beneficio neto = tipo efectivo combinado del ~17,2 % sobre el beneficio original.
Carga efectiva combinada IRE + IDU para no residente: tipo efectivo combinado del ~23,5 %.
Estrategia legal para diferir el IDU: Los beneficios que no se distribuyen sino que se reinvierten o capitalizan en la empresa no tributan IDU. Sólo tributa en el momento de la distribución efectiva. Esto permite diferir indefinidamente el IDU mientras los beneficios permanezcan en la empresa.
INR — Impuesto a la Renta de No Residentes
El INR grava las rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas o entidades que no son residentes fiscales en Paraguay. Es relevante si una persona no residente tiene activos o actividad en Paraguay (inmueble en alquiler, acciones de empresa paraguaya, honorarios cobrados desde Paraguay, etc.).
El tipo del INR es siempre 15 %, pero se aplica sobre una base presunta (no sobre el ingreso bruto total), lo que reduce el tipo efectivo real:
| Tipo de renta | Base imponible presunta | Tipo INR | Tipo efectivo real |
|---|---|---|---|
| Intereses, fletes, seguros, venta de bienes muebles/inmuebles | 30 % del importe bruto | 15 % | 4,5 % |
| Arrendamiento de inmuebles | 50 % del importe bruto | 15 % | 7,5 % |
| Servicios personales y profesionales | 70 % del importe bruto | 15 % | 10,5 % |
| Dividendos remesados al exterior (si no pagaron IDU) | 100 % | 15 % | 15 % |
| Cualquier otro concepto | 100 % | 15 % | 15 % |
El INR se retiene en la fuente: es la empresa o persona paraguaya que paga la renta quien actúa como agente de retención, descuenta el INR y lo ingresa a la DNIT. El no residente lo recibe ya neto de impuesto.
IVA — Impuesto al Valor Agregado
El IVA paraguayo funciona de forma similar al europeo: grava la venta de bienes, la prestación de servicios y las importaciones. Los tipos son:
- 10 % para la mayoría de bienes y servicios.
- 5 % para productos de primera necesidad, medicamentos y arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda.
- 0 % (exento con derecho a devolución de crédito fiscal) para exportaciones.
La declaración de IVA es mensual, con vencimiento antes del día 20 del mes siguiente al período declarado (según calendario perpetuo de la DNIT).
Los contribuyentes del RESIMPLE están exentos de IVA. Los del régimen SIMPLE y General son contribuyentes del IVA y pueden deducir el IVA soportado del IVA repercutido.
Ausencias destacables: lo que Paraguay NO grava
Estos son los impuestos que existen en España y en la mayoría de países europeos pero que Paraguay no tiene:
- Sin impuesto sobre el patrimonio. No existe ningún tributo sobre la riqueza o el valor de los activos.
- Sin impuesto de sucesiones ni donaciones. Las herencias y donaciones están exentas de tributación.
- Sin impuesto sobre la renta mundial. Los ingresos del extranjero son invisibles para el fisco paraguayo.
- Sin retención en origen sobre dividendos de empresas extranjeras. Si posees acciones de Apple, un ETF europeo o participaciones en una empresa española, los dividendos que recibas tributan al 0 % en Paraguay.
- Sin impuesto sobre plusvalías de activos extranjeros. Si vendes un inmueble en España o unas acciones americanas obteniendo ganancia, Paraguay no toca ese beneficio.
Ejemplos prácticos con cálculos reales
En todos los ejemplos siguientes se usa el tipo de cambio de referencia de Gs. 7.800 por dólar (aproximación 2026). Los importes en guaraníes se calculan a ese cambio.
Ejemplo 1 — Nómada digital: cobra de clientes extranjeros, vive en Asunción
Perfil: Miguel, residente fiscal en Paraguay. Trabaja como diseñador freelance para clientes en España, EE.UU. y Alemania. Factura 60.000 USD al año, cobrados en una cuenta bancaria en Estados Unidos. No tiene ingresos de fuente paraguaya.
Tributación en Paraguay:
- Ingresos de fuente extranjera: 0 %. Todos sus clientes están fuera de Paraguay. La actividad se considera prestada desde Paraguay, pero el test de «fuente paraguaya» en Paraguay se analiza caso por caso; para clientes y contratos 100 % extranjeros, la doctrina mayoritaria considera que no hay renta de fuente paraguaya.
- IRP en Paraguay: 0 € — siempre que no supere los 80 millones de Gs. en rentas de fuente paraguaya.
- IVA en Paraguay: si no factura a clientes paraguayos y no importa bienes, tampoco hay IVA paraguayo.
- Total factura fiscal paraguaya: prácticamente 0, más el coste fijo del RUC y los honorarios del contador (~100–200 USD/año).
⚠️ Advertencia importante: Existe un «riesgo de nexo» (nexo fiscal) para quien opera desde Paraguay. Si la DNIT concluye que la actividad se desarrolla en territorio paraguayo —porque tienes oficina, empleados o clientes locales—, esos ingresos podrían considerarse de fuente paraguaya y tributar por IRP. La línea es difusa y requiere asesoramiento específico para cada estructura.
Ejemplo 2 — Trabajador por cuenta ajena en empresa paraguaya
Perfil: Lucía, española residente fiscal en Paraguay. Trabaja para una empresa paraguaya con un salario de Gs. 200.000.000 anuales (~25.640 USD). Gasta en Paraguay Gs. 120.000.000 en concepto de alquiler, alimentación, transporte y otros gastos deducibles.
Cálculo del IRP-RSP:
Ingresos brutos: Gs. 200.000.000
(-) Gastos deducibles: - Gs. 120.000.000
= Renta neta imponible: Gs. 80.000.000
Tramos:
Gs. 50.000.000 × 8 % = Gs. 4.000.000
Gs. 30.000.000 × 9 % = Gs. 2.700.000
IRP total: Gs. 6.700.000 (~860 USD)
Tipo efectivo sobre ingreso bruto: 3,35 %
Para comparar: en España, un salario equivalente (~25.640 €) tributaría a un tipo efectivo aproximado del 15–17 % de IRPF, más cotizaciones a la Seguridad Social.
Ejemplo 3 — Empresario con SRL paraguaya, facturación media
Perfil: Roberto, residente fiscal en Paraguay. Tiene una SRL paraguaya que presta servicios de consultoría a empresas locales. La empresa factura Gs. 500.000.000 anuales (~64.100 USD). Gastos deducibles totales: Gs. 300.000.000. Roberto es el único socio y quiere distribuirse el beneficio completo.
Cálculo paso a paso:
Facturación bruta: Gs. 500.000.000
(-) Gastos deducibles: - Gs. 300.000.000
= Renta neta IRE: Gs. 200.000.000
IRE (10 %): Gs. 20.000.000
Beneficio neto (tras IRE): Gs. 180.000.000
IDU residente (8 %): Gs. 14.400.000
Total impuestos pagados: Gs. 34.400.000 (~4.410 USD)
Tipo efectivo total sobre renta bruta: 6,88 % (equivalente a ~17,2 % sobre la renta neta antes de impuestos).
Alternativa si Roberto reinvierte en lugar de distribuir: paga sólo los Gs. 20.000.000 de IRE (tipo efectivo 4 % sobre renta bruta), diferiendo el IDU hasta que decida distribuir.
Ejemplo 4 — Rentista: ingresos del exterior + piso en alquiler en Asunción
Perfil: Carmen, española residente fiscal en Paraguay. Tiene un piso en alquiler en Madrid (cobrado en España, ya tributado por IRNR allí) y un piso en alquiler en Asunción que genera Gs. 15.000.000 al año (~1.923 USD). También tiene 200.000 USD en un fondo de inversión americano que generó 8.000 USD de dividendos en el año.
Tributación en Paraguay:
- Alquiler del piso en Madrid: 0 % en Paraguay (renta de fuente extranjera).
- Dividendos del fondo americano: 0 % en Paraguay (renta de fuente extranjera).
- Alquiler del piso en Asunción (Gs. 15.000.000): queda por debajo del umbral de Gs. 20.000.000 exento para venta de bienes muebles... pero el alquiler tributa por IRP-RGC al 8 % sobre la renta neta.
Alquiler bruto: Gs. 15.000.000
(Base imponible = bruto)
IRP-RGC (8 %): Gs. 1.200.000 (~154 USD)
Total impuestos paraguayos: ~154 USD, exclusivamente sobre el alquiler paraguayo.
Ejemplo 5 — No residente con inmueble en alquiler en Paraguay
Perfil: Antonio, residente fiscal en España. Compró un apartamento en Villa Morra (Asunción) como inversión y lo alquila por USD 800/mes (Gs. ~6.240.000/mes = Gs. 74.880.000/año). No tiene residencia fiscal en Paraguay.
Tributación en Paraguay por INR:
Alquiler bruto anual: Gs. 74.880.000
Base presunta (50 %): Gs. 37.440.000
INR (15 % sobre base): Gs. 5.616.000 (~720 USD)
Tipo efectivo real: 7,5 % sobre alquiler bruto
Este INR lo retiene directamente el administrador o representante legal del piso en Paraguay y lo ingresa a la DNIT. Antonio recibe el neto.
En España: este alquiler también tributa como renta del capital inmobiliario en su IRPF, ya que Antonio es residente fiscal español. Con el CDI España-Paraguay en vigor desde 2025, se evita la doble imposición: España reconocería el impuesto pagado en Paraguay como deducción, aunque el tratamiento exacto depende del artículo aplicable del CDI.
Ejemplo 6 — El riesgo del nómada digital que opera desde Paraguay
Perfil: Sofía, residente fiscal en Paraguay. Trabaja desde su apartamento en Asunción para clientes españoles. Usa una empresa española (SL) como vehículo, que le paga dividendos. Cobra 80.000 € anuales en dividendos de la SL española.
Riesgo fiscal:
- En España: la SL española paga IS (25 %) sobre sus beneficios. Al distribuir dividendos a Sofía, España puede retener a cuenta del IRNR (19 %, reducible por CDI). Con el CDI España-Paraguay, este tipo puede reducirse.
- En Paraguay: los dividendos de la SL española son renta de fuente extranjera → 0 % en Paraguay como IRP. Sin embargo, la DNIT podría cuestionar que la actividad de la SL española se desarrolla en realidad desde Paraguay (donde está Sofía), convirtiendo parte de la renta en «fuente paraguaya». Éste es el escenario de riesgo de nexo.
La conclusión práctica: La territorialidad paraguaya es poderosa, pero no automática ni a prueba de cualquier estructura. Para rentas importantes, la planificación con un asesor fiscal especializado en la interacción entre ambos países es imprescindible.
El RUC: el paso obligado para cualquier actividad fiscal en Paraguay
El RUC (Registro Único del Contribuyente) es el equivalente paraguayo al NIF español. Es obligatorio obtenerlo antes de ejercer cualquier actividad económica en Paraguay y para poder emitir facturas. También es el presupuesto para solicitar el certificado de residencia fiscal ante la DNIT.
Para una persona física extranjera residente, el RUC se tramita ante la DNIT presentando cédula de identidad paraguaya o carnet de radicación, comprobante de domicilio y formulario de inscripción. El trámite es gratuito y puede realizarse de forma telemática o presencial.
¿Quieres estimar cuánto pagarías de IRP según tus ingresos? Usa nuestra calculadora fiscal para obtener una estimación orientativa.
Calendarios y plazos clave
| Obligación | Plazo |
|---|---|
| IVA (mensual) | Antes del día 20 del mes siguiente, según calendario perpetuo de la DNIT |
| IRP-RSP — declaración jurada | Mes de marzo del año siguiente al ejercicio (según terminación del RUC) |
| IRE General — declaración jurada | Mes de abril del año siguiente al ejercicio |
| IRE SIMPLE — declaración jurada | Mes de marzo del año siguiente |
| IRE RESIMPLE — declaración jurada | Antes del 26 de febrero del año siguiente |
| IDU — retención | Al momento de la puesta a disposición o distribución del dividendo |
| INR — retención | Al momento del pago, remesa o puesta a disposición al exterior |
Tabla resumen de tipos impositivos 2026
| Impuesto | Hecho imponible | Tipo | Observaciones |
|---|---|---|---|
| IRP-RSP | Renta neta ≤ Gs. 50M | 8 % | Por tramos |
| IRP-RSP | Renta neta Gs. 50M–150M | 9 % | Por tramos |
| IRP-RSP | Renta neta > Gs. 150M | 10 % | Por tramos |
| IRP-RGC | Rentas y ganancias del capital paraguayas | 8 % | Tipo plano |
| IRE General | Renta neta empresarial | 10 % | Sobre renta neta |
| IRE SIMPLE | 30 % de facturación bruta | 10 % | Tipo efectivo ~3 % |
| IRE RESIMPLE | Cuota mensual fija | Gs. 20.000–80.000 | Facturación < 80M Gs./año |
| IDU residente | Dividendos distribuidos | 8 % | — |
| IDU no residente | Dividendos distribuidos al exterior | 15 % | — |
| INR | Rentas de fuente paraguaya a no residentes | 15 % sobre base presunta | Tipo efectivo: 4,5 %–15 % |
| IVA general | Bienes y servicios | 10 % | — |
| IVA reducido | Vivienda, medicamentos, primera necesidad | 5 % | — |
| IVA exportaciones | Exportación de bienes | 0 % (exento) | Con devolución de crédito |
| Patrimonio | No existe | 0 % | — |
| Sucesiones y donaciones | No existe | 0 % | — |
| Rentas del exterior (residentes) | No gravadas | 0 % | Principio territorial |
Preguntas frecuentes
¿Los ingresos de trabajo remoto para empresas extranjeras tributan en Paraguay? En principio, no, siempre que la actividad no se considere «desarrollada en la República». Para clientes 100 % extranjeros con contratos internacionales y sin establecimiento permanente en Paraguay, la mayoría de los asesores locales considera que no hay renta de fuente paraguaya. Sin embargo, la DNIT tiene criterios propios sobre el concepto de «actividad desarrollada en Paraguay» que pueden generar debate. Para importes elevados, se recomienda consultoría específica.
¿Si recibo mi pensión española viviendo en Paraguay, tributa allí? En Paraguay, no: es renta de fuente extranjera, tributa al 0 %. En España, las pensiones públicas abonadas por el Estado español a sus residentes en el extranjero generalmente siguen tributando en España según el CDI (artículo de pensiones públicas). El CDI España-Paraguay en vigor desde 2025 establece las reglas específicas: en general, las pensiones públicas tributarán en el país que las paga (España), mientras que las pensiones privadas pueden tributar en el país de residencia (Paraguay).
¿Puedo tener una empresa en Paraguay y no pagar IDU si no distribuyo beneficios? Sí. Los beneficios retenidos en la empresa (reinvertidos o capitalizados) no tributan IDU. Sólo hay IDU en el momento de la distribución efectiva a socios o accionistas. Esta es una de las optimizaciones más utilizadas por empresarios residentes en Paraguay.
¿Los intereses de mi cuenta bancaria en Paraguay tributan? Sí, pero si el banco actúa como agente de retención (lo hace habitualmente), ya descuenta el IRP-RGC (8 %) en el momento de abonarlos. El contribuyente los recibe netos y los incluye en su declaración anual si está obligado a declararla.
¿Existe algún impuesto sobre la compra de un inmueble en Paraguay? Sí: hay impuesto de transferencia de bienes inmuebles que se paga en el momento de la escritura. El tipo es del 1,5 % sobre el valor del inmueble o el valor fiscal, el mayor. No es un impuesto a la renta sino de transmisión, y lo paga el comprador.
⚠️ Nota editorial: Este artículo tiene carácter informativo y divulgativo basado en la Ley N.º 6380/2019 y la normativa vigente a abril de 2026. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. La fiscalidad internacional entre Paraguay y España involucra la interacción del sistema tributario paraguayo, el IRPF/IRNR español y el CDI España-Paraguay en vigor desde el 1 de enero de 2025. Cada situación personal requiere análisis profesional específico.
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